La comunidad de Madrid recurre a la anulación de la orden que prohíbe fumar y cierra el ocio

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La Comunidad de Madrid ha reclamado la revocación del auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2  que anula el cierre del ocio nocturno y la prohibición de fumar en vía pública sin distancia de seguridad, al apreciar que el magistrado se «extralimita» en su resolución.

Así lo establece la Abogacía de la Comunidad en Madrid en el recurso ya interpuesto contra el rechazo a la ratificación de estas medidas para alegar que el magistrado «desborda» en su resolución el mero acto de ratificar o no las nuevas medidas con un pronunciamiento «contradictorio».

En este recurso, la Comunidad de recrimina que el juzgado parece aludir a que la orden no afecta ni limita derechos fundamentales y debería haber dictado un auto «sin más consideraciones».

«No hay duda que la labor del órgano judicial se circunscribe a ratificar únicamente las medidas que puedan restringir la libertad u otro derecho fundamental», detallan los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid.

Por tanto, aprecian esa «contradicción» al pronunciarse que estas limitaciones preventivas ante el Covid-19 no se ciñen al aspecto de los derechos o libertades fundamentales pero luego realiza una serie de consideraciones, como formular como vía adecuada dentro del marco normativo actual la declaración de un estado de alarma individualizado.

Además, afea al juez Alfonso Villagómez Cebrián que no haya atendido su petición de aclaración porque existe «una sustancial diferencia» entre no ratificar la Orden 1008/2020 por considerar que se basa en una disposición ineficaz y «entender que solo puede dictarse en el marco de un estado de alarma; a entender que la no ratificación obedece a que no hay una afectación de los derechos fundamentales».

«Desde luego, ante tan contradictorios fundamentos, desde una perspectiva de seguridad jurídica, teniendo en cuenta que muchas de las medidas adoptadas resultan especialmente controvertidas, y siendo conscientes del eco mediático de la decisión, era especialmente deseable la aclaración», afea la Abogacía de la Comunidad de Madrid.