La Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior ha remitido una instrucción a las fuerzas de seguridad en la que les aclara que no pueden sancionar el consumo o tenencia de drogas en el interior de un vehículo particular cuando esté estacionado y siempre que el estupefaciente no esté destinado a la venta, pues se trata de «un espacio privado».
La instrucción que ha sido remitida este martes a ambos cuerpos, ha levantado un enérgico rechazo entre sindicatos policiales, que advierten de que esta norma generará problemas de convivencia vecinal, incrementará el riesgo de conducción bajo los efectos de las drogas y la sensación de impunidad, además de minar la confianza en los agentes y debilitar la credibilidad del sistema.
Además, fuentes policiales no entienden el por qué de esta instrucción cuando los agentes no son los competentes en aplicar infracciones administrativas, algo que le corresponde a las delegaciones del Gobierno.
«Nosotros nos limitamos a proponer para sanción, a comunicar posibles infracciones, nada más. No entendemos a qué viene esta norma, la verdad», comenta un policía.
El vehículo es un espacio privado protegido con cierto grado de intimidad
Mientras tanto, fuentes del Ministerio del Interior enmarcan la decisión en el cumplimiento de la ley por la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y de la doctrina del Tribunal Constitucional.
La medida adoptada pretende regular la actuación en estos casos, pues, según recuerda la instrucción, la ley de Seguridad Ciudadana de 2015, actualmente en trámite de reforma en el Congreso, tipifica en su artículo 36.16 como infracción grave -multas de entre 600 a 300.000 euros- «el consumo o tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos».
Como este precepto «deja al prudente criterio» de los agentes apreciar si esta conducta «es o no constitutiva de una infracción grave», Interior incluye varias sentencias del Tribunal Supremo que dictan que, sin poder considerar como domicilio un vehículo privado, sí es «un espacio privado protegido con cierto grado de intimidad».
Las sentencias en las que se inspira la instrucción destacan que los vehículos son objetos «con estrecha relación con la privacidad de sus titulares» y que, aunque en ellos no se desarrollen actividades de la vida íntima similares a la de un domicilio, sí que están protegidos, un criterio con el que sentó doctrina el Tribunal Constitucional.
Por todo esto y porque la ley de Seguridad Ciudadana no contempla esta conducta, la instrucción de Interior concluye que los agentes no pueden sancionar esta conducta. Cuestión distinta, continúa, es que se trate de vehículos en tránsito, en cuyo caso podría tratarse de una conducta castigada en el Código Penal.
Sindicatos policiales y asociaciones de la Guardia Civil exigen retirar la orden
Tras la remisión de esta instrucción a las dependencias policiales, sindicatos policiales y asociaciones de la Guardia Civil han rechazado enérgicamente la medida.
El Sindicato Unificado de Policía (SUP) pide la inmediata retirada de la instrucción y la rectificación urgente por parte del Ministerio del Interior por la «irresponsabilidad» de su contenido, una medida «inconcebible» que «neutraliza la labor preventiva de la Policía Nacional» y deja sin herramientas legales a los agentes.
De forma similar expresa su rechazo Jupol, que atribuye esta actuación a la «preocupante tendencia impulsada por el Gobierno», para relajar la ley de Seguridad Ciudadana y considera que aunque un vehículo esté detenido, su ubicación en la vía pública influirá en el consumo de drogas e, incrementará la conducción bajo sus efectos.
De igual forma, la Unión Federal de Policía (UFP) ha pedido su revisión «urgente», puesto que se dota al vehículo propio de «una protección jurídica impropia».
Con información de TeleMadrid
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